Si, el instrumento musical esta incluido entre la lista de cosas que puedes cruzar a Mexico como de uso personal, sin tener que declararlo, sea que vivas en el extranjero, en territorio nacional o en franja o region fronteriza.
Puedes comprobarlo en la pagina http://www.aduanas.sat.gob.mx/aduana_mexico/PregFrecSubtema.aspx?id=24
Saludos, Rosy
NOTA: Lo que dicen anteriormente sobre franquicia acumulable es correcto, pero es hasta 400.00 dlls viajando al menos 3 miembros de la familia en auto, siempre y cuando vivas en franja o region fronteriza.
Lo de cruzar y que te toque rojo y luego decir que mejor si quieres importarlo NO es lo mas recomendable, pues entonces se puede decir que es contrabanado y la mercancia que no declaraste desde el principio pasa a ser propiedad de la Aduana.
Sin embargo esto no aplica al instrumento musical, que es para uso personal, segun te comento arriba.